Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que, a través de la Resolución 292/2017, se derogó la resolución 5/15, publicada en diciembre de 2015, la cual había implantado el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI). 

Esta nueva normativa empieza a regir a partir de hoy y, en reemplazo de la norma derogada, se publica en el mismo Boletín Oficial la Res. SC. 523/17, y Res. SC. 292/2017.

Las mismas introducen cambios sustanciales como:

  • La obligación de estar inscriptos en el RUMP para solicitar la LNA (Licencia No Automática)
  • La tolerancia en el valor unitario se eleva a 7 % (antes era el 5 %)  y la tolerancia en unidades en más se pauta en un 7 % también (antes era del 4 %)
  • La vigencia sigue siendo de 180 días pero ahora será prorrogable por única vez

 

A efectos de que puedan analizar las mencionadas modificaciones, pueden consultar con CAME enviando un correo electrónico a [email protected]

 

Buenos Aires, 11 de julio de 2017